
Los argumentos esgrimidos por los jueces son dos. En primer lugar, que no hay ninguna prueba contra los tres vecinos de Tafalla más allá de la declaración de los guardias civiles que realizaron el atestado. «La tesis sostenida por el ministerio fiscal carece de pruebas de entidad suficiente como para poder reputarla cierta, ya que se basa solo en lo plasmado en el atestado de la Guardia Civil y en la declaración de los agentes», afirma.
En segundo y más importante, que la exhibición de carteles reivindicando la repatriación de los presos vascos no constituye ningún delito. «Proclamar amnistia o reivndicar el acercamiento a establecimientos penitenciarios ubicados en el País Vasco de individuos privados de libertad por su vinculación con la organización terrorista ETA, bien en concepto de presos preventivos bien como condenados, no presupone, ni por asomo, enaltecer, ensalzar, bendecir o justificar las criminales acciones de tal organización ni a los responsables de las mismas», asegura el fallo.
Toda la acusación se basaba en el testimonio de dos agentes del Instituto Armado que acusaban a los tres vecinos de Tafalla de haber portado carteles y haber tomado parte en el brindis de fiestas en el que se denuncia la dispersión.
Araiz, Sota y Labat han recabado un gran apoyo de sus vecinos y, ya desde el momento de su imputación, denunciaron un intento de criminalizar la solidaridad con los presos vascos.