
Ante vulneraciones de derechos tan evidentes como la injusta condena padecida por los encausados en el caso se puede y se debe formular sana y dura crítica, porque tales errores y actuaciones desviadas han sido evaluadas y apreciadas, una vez más, por el Tribunal de Estrasburgo.
No hay sentencia que pueda rescatar ya la libertad perdida ni compensar la afección al vulnerado derecho a la participación política. La sentencia del Tribunal Europeo de Estrasburgo -que en cuanto a este extremo de la eventual compensación económica se remite a un eventual proceso interno ante la Justicia española- declara que los condenados sufrieron un juicio injusto, vulnerándose así el derecho contemplado en el art.6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, concretado en la ausencia de imparcialidad por parte del tribunal sentenciador. (klik egin-ver más)
Juanjo Álvarez, en Diario de Noticias