jueves, 14 de julio de 2011

DESAMORTIZACIÓN AL REVÉS


La separación entre Iglesia y Estado que consagra la Constitución de 1978, y que se creía un mandato de obligado cumplimiento en cualquier desarrollo legislativo, no cuenta para la legislación hipotecaria. El artículo 304 del reglamento de esa ley autoriza a los obispos a emitir unilateralmente certificaciones de dominio sobre los bienes que la Iglesia considere suyos; y esa facultad se amplió a partir de 1998 a edificios de culto, ermitas, catedrales y otros bienes que forman parte del patrimonio cultural de España. (klik egin-ver más)
Editorial de El País 13/7/2011

No hay comentarios:

Publicar un comentario