Pongamos que están plenamente fundamentadas jurídicamente las dudas de la señora Sota respecto a si sólo a ella en su condición de alcaldesa le atañe formular cambios retributivos en el Ayuntamiento de Tafalla. Pues, aún y todo, no puede resultar más inoportuno su recurso al Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) para que en última instancia se deje sin efecto la merma de sueldo a toda la Corporación, con especial quebranto en términos absolutos para el suyo habida cuenta de los emolumentos que percibe.
(klik egin-ver más) Víctor Goñi, en Diario de Noticias
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