El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sido rotundo: la quema de fotografías de los reyes no es un delito de injurias a la Corona, tal y como dijo la Audiencia Nacional y menos aún, puede tratarse de un delito de odio, tal y como estimó el Constitucional. La sentencia del Tribunal de Estrasburgo, de hecho, recuerda a España que "la protección especial" de la figura de la Corona "no se ajusta al espíritu del Convenio Internacional de los Derechos Humanos" suscrito por España.
Y no es la primera vez que el TEDH dice a España esta misma frase. Estrasburgo ya la pronunció, en idénticos términos, en la sentencia que le dio la razón a Arnaldo Otegi frente al Estado español cuando el primero fue condenado a un año de prisión por decir que el rey Juan Carlos I era el jefe de los torturadores. El TEDH entonces condenó a España a pagar una indemnización al político independentista. (klik egin-ver más)
Alejandro Torrús, en Público
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