martes, 16 de febrero de 2016

BARÍNDANO RECLAMA EL CORTIJO QUE PÍO CABANILLAS ERIGIÓ EN SU COMUNAL

Cabanillas –cuyo hijo, también de nombre Pío, fue ministro portavoz con José María Aznar– llegó hasta el concejo de Barindano, en Ameskoabarrena, en 1964. Era ya una etapa franquista tardía y el expolio de la guerra quedaba ya lejos en el tiempo, pero los hombres fuertes de la dictadura seguían teniendo un inmenso poder. En aquel entonces, Cabanillas era secretario de Estado y pronto sería ministro. Por el motivo que fuera, el alto cargo de Franco se encaprichó de unos terrenos para hacerse una casita donde pasar las vacaciones. Y el pueblo no pudo hacer nada. «Se trató de una venta en la que medió coacción y no la voluntad libre de la junta concejil», expone en su escrito el actual concejo de Barindano. (klik egin-ver más)
Aritz Intxusta, en GARA

EL SUPREMO CONFIRMA LA CONDENA IMPUESTA EN 1940 A JAVIER DOMEZAIN, REPUBLICANO ARTAJONÉS

La Sala Penal del Supremo acaba de echar tierra sobre el primer recurso de revisión en el que se ha intentado la restitución no sólo del buen nombre sino también de los bienes y derechos pecuniarios de los republicanos a los que las autoridades franquistas requisaron su patrimonio. De acuerdo con el criterio del fiscal y aplicando tanto la Ley de Enjuiciamiento Criminal como la Ley de Memoria Histórica, el Alto Tribunal no ha reconocido a la sobrina-nieta de Javier Domezain Chávarri legitimación para promover la revisión de la sentencia que condenó a este alcalde republicano a la pérdida de sus bienes y a la inhabilitación para el ejercicio de cargos. Javier Domezain Chávarri (1891-1950), miembro de Acción Republicana, fue alcalde de la localidad navarra de Artajona en 1931, secretario personal del ministro Mariano Ansó durante la Segunda República y diputado foral por Izquierda Republicana en 1934. El 3 de mayo de 1940 fue condenado por el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Pamplona "a la pérdida de los bienes rústicos y urbanos enclavados en el término municipal de Artajona con excepción de la casa nativa, los cuales se adjudican al Estado como indemnización de perjuicios. (klik egin-ver más)
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