Las mutuas ganarán margen de maniobra para decidir cuándo hay que dar de alta a un trabajador enfermo. Si hasta ahora lo hacían en el caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el Gobierno tiene previsto darles esta potestad también cuando se trata de una enfermedad común o de un accidente no laboral -el 80% de las empresas ya tienen asegurados estos procesos con las mutuas-. Así lo recoge un proyecto de real decreto, fechado el 17 de julio pasado, que regula la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal. Uno de sus artículos faculta a las mutuas a facilitar el "alta médica presunta" al sexto día al sexto día de la propuesta dirigida a la inspección médica del servicio público de salud. Si el inspector no responde en ese tiempo, el silencio administrativo se considerará aprobación, y la mutua podrá comunicar al paciente que está de alta y sin derecho a subsidio. (klik egin-ver más)
Dempeus per la salut pública
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